Logros en propiedad intelectual
Una de las mesas que se cerró fue el de la propiedad intelectual. éste fue un tema que había generado mucha expectativa en la negociación del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos y que hoy, después de un trabajo amplio, se logró cerrar.El ministro de Protección Diego Palacio dijo que “logramos llegar a unos acuerdos que son satisfactorios para el país, manteniendo vigente la normatividad que actualmente se está aplicando en el país y preservando la autonomía para poder reglamentar muchos de los procedimientos que se utilizan dentro de Colombia para poder emitir cualquier tipo de registro o cualquier de patentes”.Hoy en día en Colombia, a los cinco años de haber sido registrado un medicamento nuevo en algún sitio del mundo, sólo cerca del 50 ó 52% de esos medicamentos han llegado al país; gracias al Tratado y una vez entre a regir, se va a lograr que a los cinco años el cien por ciento de los medicamentos estén ya presentes dentro de la disponibilidad terapéutica del país. En el cierre de la mesa de propiedad intelectual se destacan los siguientes puntos:3 Colombia preserva la capacidad de tomar todas las medidas necesarias para la defensa de la salud pública incluyendo todos los instrumentos como las licencias obligatorias y las importaciones paralelas.3 Colombia conserva su estándar actual de protección en materia de datos de pruebas y patentes. De esta forma, Colombia continuará sin otorgar patentes sobre usos o segundos usos y métodos terapéuticos, de diagnóstico y quirúrgicos.3 Colombia preserva la independencia funcional de la autoridad sanitaria.3 El tratado con los países andinos es el primero en que se incluyeron normas para la protección de la biodiversidad y para evitar actos de biopiratería, tal y como lo solicitamos.3 El tratado con los andinos es el primero en que se incluyen normas para la promoción de la innovación y el desarrollo tecnológico en el marco de transferencia de tecnología.3 En la última ronda, el presidente Álvaro Uribe constató el alcance de los textos en las tres áreas que generaban inquietud: No existe la obligación de otorgar patentes de usos.Colombia, en cuanto a la información que genera la protección de datos de pruebas, no tiene una obligación adicional que lo que actualmente se aplica en el Decreto 2085 y el país tiene derecho a la figura del agotamiento en datos de pruebas, que condiciona dicha protección a la pronta traída al país de nuevos medicamentos.3 Adicionalmente, Colombia logró las dos modificaciones adicionales que buscaba en el texto: un mayor plazo de transición para que empiece a regir el sistema de compensaciones por demoras injustificadas en los trámites de las patentes, con el fin de permitir el correspondiente fortalecimiento de la Superintendencia de Industria y Comercio.Y las claridades en el linkage que permiten la independencia de la autoridad sanitaria, la posibilidad de que cumpla con su obligación de transparencia publicando los registros sanitarios y no a través de notificaciones individuales.
Una de las mesas que se cerró fue el de la propiedad intelectual. éste fue un tema que había generado mucha expectativa en la negociación del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos y que hoy, después de un trabajo amplio, se logró cerrar.El ministro de Protección Diego Palacio dijo que “logramos llegar a unos acuerdos que son satisfactorios para el país, manteniendo vigente la normatividad que actualmente se está aplicando en el país y preservando la autonomía para poder reglamentar muchos de los procedimientos que se utilizan dentro de Colombia para poder emitir cualquier tipo de registro o cualquier de patentes”.Hoy en día en Colombia, a los cinco años de haber sido registrado un medicamento nuevo en algún sitio del mundo, sólo cerca del 50 ó 52% de esos medicamentos han llegado al país; gracias al Tratado y una vez entre a regir, se va a lograr que a los cinco años el cien por ciento de los medicamentos estén ya presentes dentro de la disponibilidad terapéutica del país. En el cierre de la mesa de propiedad intelectual se destacan los siguientes puntos:3 Colombia preserva la capacidad de tomar todas las medidas necesarias para la defensa de la salud pública incluyendo todos los instrumentos como las licencias obligatorias y las importaciones paralelas.3 Colombia conserva su estándar actual de protección en materia de datos de pruebas y patentes. De esta forma, Colombia continuará sin otorgar patentes sobre usos o segundos usos y métodos terapéuticos, de diagnóstico y quirúrgicos.3 Colombia preserva la independencia funcional de la autoridad sanitaria.3 El tratado con los países andinos es el primero en que se incluyeron normas para la protección de la biodiversidad y para evitar actos de biopiratería, tal y como lo solicitamos.3 El tratado con los andinos es el primero en que se incluyen normas para la promoción de la innovación y el desarrollo tecnológico en el marco de transferencia de tecnología.3 En la última ronda, el presidente Álvaro Uribe constató el alcance de los textos en las tres áreas que generaban inquietud: No existe la obligación de otorgar patentes de usos.Colombia, en cuanto a la información que genera la protección de datos de pruebas, no tiene una obligación adicional que lo que actualmente se aplica en el Decreto 2085 y el país tiene derecho a la figura del agotamiento en datos de pruebas, que condiciona dicha protección a la pronta traída al país de nuevos medicamentos.3 Adicionalmente, Colombia logró las dos modificaciones adicionales que buscaba en el texto: un mayor plazo de transición para que empiece a regir el sistema de compensaciones por demoras injustificadas en los trámites de las patentes, con el fin de permitir el correspondiente fortalecimiento de la Superintendencia de Industria y Comercio.Y las claridades en el linkage que permiten la independencia de la autoridad sanitaria, la posibilidad de que cumpla con su obligación de transparencia publicando los registros sanitarios y no a través de notificaciones individuales.